Sí, se pueden cancelar deudas con Hacienda y Seguridad Social, pero solo de forma parcial.

La ley permite exonerar una parte de estas deudas públicas, normalmente con límites establecidos, mientras que el resto deberá pagarse o incluirse en un plan de pagos.

Por tanto, no desaparecen completamente como ocurre con muchas deudas privadas, pero sí se reduce significativamente la carga económica.

Juan Antonio Fuster