Sí, se pueden cancelar deudas con Hacienda y Seguridad Social, pero solo de forma parcial.
La ley permite exonerar una parte de estas deudas públicas, normalmente con límites establecidos, mientras que el resto deberá pagarse o incluirse en un plan de pagos.
Por tanto, no desaparecen completamente como ocurre con muchas deudas privadas, pero sí se reduce significativamente la carga económica.
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