Pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad las personas físicas que se encuentren en situación de insolvencia, es decir, que no puedan hacer frente a sus deudas.
Esto incluye tanto a particulares como a autónomos, siempre que cumplan requisitos como actuar de buena fe y no haber cometido delitos económicos.
En definitiva, está pensada para quienes, por circunstancias económicas reales, no pueden pagar y necesitan empezar de nuevo.
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