Ser deudor de buena fe significa que has actuado de forma honesta y transparente antes y durante el proceso, sin intentar engañar a tus acreedores ni ocultar tu situación real.

Esto implica, por ejemplo, no haber ocultado bienes o ingresos, no haber generado deudas de forma fraudulenta y colaborar activamente con el juzgado aportando toda la información necesaria.

Además, no debes haber sido condenado por delitos económicos graves. En resumen, es el requisito clave para acceder a la exoneración: demostrar que tu insolvencia no es fruto de mala conducta, sino de una situación que no has podido evitar.

Juan Antonio Fuster